Lunes, 20 Mayo 2024

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No pagan impuestos pero si imponen impagables cargas tributarias a los colombianos pobres y exoneran a los ricos, legislando en beneficio propio.

Alvaro uribe es uno de los más grandes evasores de impuestos, pero se presenta como el sacrosanto colombiano. Va a misa todos los domingos, y lo respaldan varios movimientos cristianos.


En el año 2018 solo declaró los ingresos que recibió como senador $456 millones, pero por ingresos brutos por rentas de capital apenas declaró $30 millones  y no declaró rentas por dividendos o participaciones.

Que tal Uribe con un patrimonio líquido de $9.414 millones, con todas las fincas y bienes que tiene. Es decir extensas propiedad subvaloradas y con trucos para no pagar impuestos. No paga nada por el Uberrimo (1.322 hectáreas de extensión), ampliada con la irregular adquisicón del baldíos,  la terrorífica finca de donde se dice se accionaba el paramilitarismo.

La declaración de renta de Uribe aparece con solo  $1.216 millones por ingresos no constitutivos de renta. Un gran evasor

Y lo que pagó de impuesto fue solo de $83.7 millones, de los cuales $81 millones corresponden a la retención en la fuente por los ingresos que recibió como senador. Es decir que Uribe de presenta como un pobre empleado público que sólo paga la retención en la fuente.


En igual sentido actúan los funcionarios del Gabinete del presidente Duque. Empezando por el mismo presidente y la Vicepresidente Martha Lucia Ramírez. Le siguen sus amigas del Centro Democrático las senadoras María del Rosario Guerra, Paloma Valencia, etc, etc quienes no pagan nada por impuestos.

No pagan pero su vida suntuosa se hace a carga del erario público.
Por el contrario han promovido cargas tributarias a trabajadores, pensionados, más IVA a la canasta familiar, y a los pequeños empresarios. Todo mientras exoneran a los grandes rentistas.

La Dian debería investigarlos por evasión y elusión,  sancionarlos y obligarlo a pagar lo que les corresponde.

 

El código penal colombiano contempla penas de cárcel para los contribuyentes que evaden impuestos, de acuerdo a las modificaciones que hiciera la ley 1943 y luego la ley 2010 de 2019. El artículo 434A del código penal establece una pena privativa de la libertad de 48 a 108 meses de prisión para los contribuyentes que omitan activos o declaren pasivos inexistentes, por un monto o valor igual o superior a 5.000 salarios mínimos mensuales.

 

Las conductas punibles son las siguientes:
Omitir o no declarar activos.


Declarar los activos por un valor inferior al real.

Declarar pasivos inexistentes.

La pena inicialmente planteada se incrementará en función del monto de la evasión.

Toda una injusticia social que debería causar las reflexiones políticas y sociales.

 

( Artículo basado en el post de Luis Lancheros El Post de Antonio Morales y mi propia inspiración)

 

Ah país del sagrado corazón, aún estamos en los tiempos de la patria boba. De nuevo se ha repetido la aventura de Alí Babá y los cuarenta ladrones, aunque en la realidad son menos que eso. 

Hidroituango, diseñada con una capacidad de 2.600 megavatios, y con una inversión inicial de US$3.000 millones,   se planeaba que entraría en operación en 2018, ahora los sobrecostos son exhorbitantes, el daño social y ambiental causado es enorme; y según los anuncios del gerente de EPM, no entrará en operación ni en los próximos 2 años. Pero quienes son los responsables de todo esto?.

Es muy sencillo y lo explicaremos en breve, en la lógica de proporcionar información  independiente y fidedigna, y a distancia de los enfoques que dan los medios comunicación comerciales quienes desorientan a las audiencias.

Las verdades son éstas:

1.    Quien estaba a cargo de todo entramado fue el presidente de esa época y lider natural del Centro Democrático el actual senador Alvaro Uribe Vélez (2002 – 2010) y su Ministro de ambiente el señor Carlos Costa Posada, siendo gobernador de Antioquia Luis Alfredo Ramos y Alcalde de Medellín Alonso Salazar. 

2.    El día 30 de enero de 2009 se expide la Resolución 0155 por el Ministerio de ambiente la cual se puede descargar aquí:  https://www.hidroituango.com.co/documentos/licencia-ambiental/Resolucion_0155_de_2009_Licencia_Ambiental.pdf

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