Domingo, 19 Mayo 2024

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En 1754, veintidós años antes que Adam Smith publicara Investigación acerca de la naturaleza y causas de La riqueza de las naciones, la Academia de Dijon lanzó una osada pregunta y ofreció un premio para quien se atreviera a responderla: ¿Cuál es el origen de la desigualdad entre los hombres? ¿Es acaso la consecuencia de una ley natural?

El filósofo Jean Jacques Rousseau se interesó por el tema y en respuesta escribió su obra Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres. En ella, Rousseau sostiene que la desigualdad social y política no es natural, que no deriva de una voluntad divina y que tampoco es una consecuencia de la desigualdad natural entre los hombres. Por el contrario, su origen es el resultado de la propiedad privada y de los abusos de aquellos que se apropian para sí de la riqueza del mundo y de los beneficios privados que derivan de esa apropiación; ya en esa época, buscar respuestas a la desigualdad social era un tema central para las ciencias sociales.

Por. Guillermo Rico Reyes[1]

 

Hace varios años, realicé una investigación sobre la masacre de Trujillo en el norte del departamento del Cauca en donde entre 1984 y 1996 fueron asesinados más de 340 campesinos y el sacerdote del pueblo Tiberio Fernández Mafla, a manos de militares, paramilitares, narcotraficantes y miembros de la policía nacional. Entonces me encontré con una figura jurídica que inicialmente dejó en libertad a los acusados del crimen anulando el proceso y dejándolos como NO CULPABLES.

El 10 de marzo de 2009, el juez penal del municipio de Tuluá en el departamento del Valle del Cauca, Néstor Ramos, dejó en libertad a los militares sindicados argumentando que los cargos imputados por la fiscalía eran de HOMICIDIO CON FINES TERRORISTAS, pero para el juez, la imputación ha debido ser HOMICIDIO AGRAVADO por lo que decretó su inmediata libertad y el proceso pasó a ser COSA JUZGADA.

(Fotografía: El 17 de abril de 1990 fue asesinado Tiberio Fernández Mafla, sacerdote y líder comunitario de Trujillo, municipio de Valle del Cauca, junto con su sobrina Aura Isabel y dos personas más.)

La democracia garantiza que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho, así que los responsables comenzaron a disfrutar de la impunidad de una barbaridad que aún viven los habitantes del pueblo de Trujillo. Fue la Hermana Maritze Trigos, con la valentía de las más grandes luchadoras, y la Comisión Inter-eclesial de Justicia y Paz que, en contra incluso de las muchas amenazas, levantaron su voz contra la impunidad hasta la Corte Penal Internacional a la que y entregaron las pruebas de lo sucedido.

Por. Guillermo Rico Reyes[1]

 

Uno de los grandes problemas de la lucha insurgente en Colombia ha sido el dinero, cuando la Unión Soviética se derrumba, los alzados en armas no tenían como enfrentar ni al Estado, ni a los otros grupos irregulares como los paramilitares que estaban tratando de organizarse y otras fuerzas insurgentes con las que se enfrentaban.

El paramilitarismo ya existía, por su puesto, ha sido transversal en los 200 años de república, siempre con un objetivo: robar las tierras a los campesinos pobres y medianos, que los enfrentaban, pero siempre eran derrotados, fue en la guerra de los mil días y hasta mediados del siglo XX que se organizaron como ejércitos liberales. Fue en los años 80s del siglo XX, que los grupos paramilitares se organizan en poderosos ejércitos para doblegar todo tipo de oposición en sus regiones, siempre con el objetivo de crear un solo y gran ejército asesino que tuviera influencia en todo el país.

 “El periodismo no es un circo para exhibirse, sino un lugar para pensar, para crear, para ayudar al hombre en su eterno combate por una vida más digna y menos injusta”. Tomás Eloy Martínez[1], lamentablemente La gente confunde lo que lee en los periódicos con las noticias” Abbott J. Liebling.[2]  “La función de la prensa en la sociedad es informar, pero su papel en la sociedad es hacer dinero”. Abbott J. Liebling

Desde el informe MacBride se realizó un análisis sobre la necesidad que los medios   de comunicación y el periodismo tuvieran mas voces, y contribuyeran a las transformaciones sociales. Lo que se ve hoy en Colombia y en todo el mundo es lo contrario, ya que los periodistas en términos generales son empleados de los grandes grupos económicos quienes a su vez son dueños de los medios comerciales de comunicación. Por ello es que aquí no se puede hablar de periodismo sino de empleados que comunican intereses corporativos.

Tampoco son periodistas independientes los empleados de los medios de instituciones, por cuanto son comunicadores que deben responder a ciertas políticas.

Al año celebramos 3 veces el día del periodista y comunicador. Hoy quiero dedicar mi columna, a la exaltación de los verdaderos periodistas, a aquellas buenas personas que se dedican a decir la verdad y las causas reales de los fenómenos sociales, económicos, culturales, ambientales y políticos, son ellos quienes, sin esperar una recompensa, mantienen su autonomía y se alejan de la adulación o la farándula o de las promesas de un “plato con lentejas”.

Hoy 4 de agosto es un día para exaltar a los periodistas independientes, alternativos, comunitarios, quienes promueven el cambio, reivindican los derechos de las poblaciones, la garantía del ambiente y del patrimonio público y que enfrentan muchas veces sin saberlo el poder hegemónico y quienes día a día a través de su palabra irradian valores humanos.

(Imágenes de los trabajadores de la Salud 11 de junio de 2020)

Escrito por NIXON TORRES CARCAMO

Los trabajadores del sector salud, que hoy no tienen vínculo formal, son aproximadamente ochocientos mil (800.000) trabajadores a los que se les ha negado el vínculo formal, y no se les otorgan los derechos laborales, son ciudadanos  dedicados a prestar los servicios de salud a quienes se les desconoce la  adecuada protección y ahora en plena pandemia en forma ilegal y desconsiderada que se les exige acudir en forma obligatoria acudir a los llamados del gobierno para reforzar los servicios de salud, ese casi millón de ciudadanos debería pensar seriamente en hacer valer esta sentencia la C-252 del 2020.

 Mediante Sentencia C-252 del 16 de Julio del 2020, la Corte Constitucional declaró exequible el articulado del Decreto Legislativo No 538 del 2020, salvo la expresión “La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES- compensará de manera automática los saldos adeudados por esta figura en caso de liquidación de Entidades Promotoras de Salud -EPS-" que incorpora el parágrafo 3 del artículo 15 de este decreto, que se declara INEXEQUIBLE.

Es decir, para el tema que nos interesa y que abordaré en este escrito, hago referencia a la parte final del inciso primero del artículo 9 del Decreto Legislativo No 538 del 2020, que señala;

ARTÍCULO 9. Llamado al talento humano para la prestación de Servicios  de  salud. Durante  el  término  de  la  emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19, todo el talento humano en salud en ejercicio o formación, estará preparado y disponible y podrá ser llamado a prestar sus servicios, para reforzar y apoyar a los prestadores de servicios de salud del país. El acatamiento a este llamado será obligatorio”. (negrillas fuera de texto).

Frente al cual, la Corte Constitucional, razonó sobre su exequibilidad, manifestando:

Nuevamente el gobierno de Iván Duque Márquez echa mano de la emergencia social, económica y ecológica para enfrentar la pandemia ocasionada por el Covid-19 como se lo permite el artículo 215 de la Constitución Política, es la segunda emergencia decretada este 6 de mayo, de tres que legalmente puede hacer en el lapso de un año. Como hemos dicho y lo ratificamos de nuevo, este gobierno inexperto, improvisa y trata de demorar medidas que desde el comienzo debió de haber aprobado.

 

Escrito por NIXON TORRES CARCAMO

 

En tiempos de desaparición del Estado colombiano, al ser inexistente dos de las tres ramas del poder público, como lo son LA RAMA LEGISLATIVA Y LA RAMA JUDICIAL1, entre otras cosas, además de las ya conocidas, por la incapacidad del Consejo Superior de la Judicatura, de adecuarse ante la falta de decisiones presidenciales, al reto que impregna la PANDEMIA, se torna desastroso el marco de cosas inconstitucionales en el sector laboral - salud, para no hablar de otros sectores o en general en el mundo del trabajo en nuestra Colombia, donde se observa, con mucha tristeza;

 

1. Que estamos viviendo los resultados de más de 20 años de flexibilización de las relaciones laborales.

 

2. Todas las reformas legales, introducidas por los representantes y trabajadores de los grandes capitales en el legislativo y el ejecutivo, han ido dirigidas en pauperizar el vínculo real – laboral, tanto en el sector público como en el privado.

 

3. En el 2002, nos embobaron con la tesis que había que volver la noche colombiana, al deceso del día europeo, en tiempos de verano, es decir, que la noche comenzaba a las 10 P.M., y a partir de este horario se generaban horas extras y recargos, supuestamente para generar más de 500 mil nuevos puestos de trabajo. El resultado no se hizo esperar, al día de hoy, no hubo 500 mil nuevos empleos, pero sí un gran acumulado de ahorros en los costos de funcionamiento de las empresas, que significó acumulación de grandes capitales en cabeza de los industriales, dueños del sector financiero y empresarios, en contra de la generación de riqueza a través del trabajo, pero con estas flexibilizaciones, lo que se ha generado es pobreza, sobre todo por sustituir las relaciones laborales con el fomento de la cooperativización de las relaciones laborales, la prostitución de la figura del derecho de sindicalización, con el fortalecimiento del contrato sindical, que pasan los sindicatos de ser representantes de los trabajadores, para ser patronos de los trabajadores; el fortalecimiento de las temporales o agencias de empleo, que casi siempre terminan siendo propiedad de los políticos de turno. En fin todo ese esquema jurídico a favor del desaparecimiento de las relaciones reales de trabajo, hoy pasa su factura al sector salud, al encontrarnos con uno de los segmentos de la población laboral, más destruidos por esta política inconstitucional del Estado.

 

4. Ha sido tan fuerte el esquema de pauperización de las relaciones laborales en el Estado colombiano, que hasta las ideologías o pensamientos, que se presentan como democráticos, contrarios a las ideologías de derecha, en la asunción del poder local, esto es en las Alcaldías, Gobernaciones, no se han diferenciado de los Gobiernos de derecha abiertamente testaferros de los grandes capitales, como lo han sido las PRESIDENCIAS desde ANDRES PASTRANA hasta el actual presidente de los colombianos, y a nivel local TRANSPEÑALOZA en Bogotá y el que siempre está en estado gaseoso FAJARDO en Medellín, quien le regaló el sector salud, en materia laboral, a la tercerización de empresas de economía mixta, haciendo desaparecer las relaciones reales de trabajo, entre otros sectores geográficos, en el URABA ANTIOQUEÑO, donde como cualquier político de derecha, liquidó los hospitales públicos, para posteriormente entregárselos a operadores privados y hacer desaparecer las relaciones laborales, sustituyéndolas por contratos de prestación de servicios privados y contratos de hora labor.

DUQUE, FEDERALISMO, CORONAVIRUS Y OTROS MENESTERES

Escrito por NIXON TORRES CARCAMO

En las consideraciones expuestas en el Decreto 418 del 18 de marzo del 2020, proferido por el Presidente[1] de la República de Colombia, la más relevante es la invocación del artículo 296 Superior, que estipula; “Para la conservación del orden público o para su restablecimiento donde fuere turbado, los actos y órdenes del Presidente de la República se aplicarán de manera inmediata y de preferencia sobre los de los gobernadores; los actos y órdenes de los gobernadores se aplicarán de igual manera y con los mismos efectos en relación con los de los alcaldes”, en conexidad con el numeral 4 del artículo 189 Superior, que señala; “4. Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado”, lo que indica que la figura presidencial, reviste una gran importancia y de hecho le da el carácter de régimen presidencial, al Estado Social de Derecho.

 

Hasta aquí, puede entenderse la asunción por parte del presidente de su competencia, para direccionar el orden público, tratando de comprender que tal competencia hace parte de la historia reciente y presente en Colombia, de los Estados de Sitio, hoy estados de excepción.

 

Por Sofía Alvira

Airbnb es una plataforma digital para anunciar espacios y reservar alojamientos en cualquier parte del mundo, es el Uber del hospedaje. Después de varios meses de dialogó, con la Dian y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo se acordó que Airbnb será inscrito al Registro Único Tributario para poder pagar IVA y concretar su formalización.

Esto ayudará a la competencia leal ya que al enfrentarse al gremio hotelero, estas aplicaciones han causado que las empresas dejarán de recibir 24 millones de dólares perdiendo cada vez más sus huéspedes. Cómo lo explicó el viceministro de Turismo, Julián Guerrero Orozco, “las plataformas digitales como Airbnb son bienvenidas como herramientas de promoción del turismo nacional y la comercialización de productos y servicios asociados a los viajes, siempre que cumplan con la normatividad del país y se garantice el ejercicio de la sana y leal competencia en toda la cadena de valor del sector”.

 

La Alcaldía Local de Barrios Unidos promueve el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias a través de presentaciones artísticas, con la obra de teatro Ramona y Ramón a cargo de la compañía de Teatro Mirka en el auditorio de las instalaciones de la Alcaldía Local.

La importancia de la actividad radica en la necesidad del reconocimiento pleno de los derechos de las mujeres frente a la vida digna y la covivencia en todos los espacios y ambiente. 

 

1.1. ¿En qué consiste el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias?

El derecho a una vida libre de violencia es el derecho que tenemos todas las mujeres, a que ninguna acción u omisión nos cause daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial, o la muerte, por el hecho de ser mujeres.

Recuerda: El reconocimiento del derecho de las mujeres a una vida libre de violencias como un derecho humano es muy importante porque deja de ser un asunto privado y exige al Estado acciones para prevenir y sancionar las violencias contra las mujeres, así como atender, proteger y reparar a las víctimas.