La Junta Administradora Local JAL de La Localidad Tercera de Santa Fe quedó conformada por los siguientes ediles:
Partido Alianza Verde:
• David Sebastián Neira Neira, con 766 votos. Nuevo
• Hernando Franco García, con 1.388 votos. Nuevo
Partido Liberal:
• Marlon Giovanny Cruz Cotrina, con 1.165 votos. Nuevo
• Oswaldo Camacho Vega, con 1.377 votos. Nuevo
• Jhon Bisckmar Cury Parra, con 2.307 votos. Repite
Partido Centro Democrático:
• Rafael Enrique Riveros Otalora, con 1.091 votos. Nuevo
Partido Colombia Humana:
• Ana Celia Sabogal Castro, con 1.176 votos. Nuevo
Funciones de la JAL
· Adoptar un plan de desarrollo local en concordancia con el plan general de desarrollo económico y social y de obras públicas, y el plan general de ordenamiento físico del Distrito, previa audiencia de las organizaciones sociales, cívicas y populares de la ciudad.
· Vigilar y controlar la prestación de los servicios públicos distritales y las inversiones que en ella se realicen con recursos públicos.
· Formular propuestas de inversiones ante las autoridades nacionales, departamentales y distritales.
· Distribuir las partidas globales que asigne el presupuesto distrital.
· Cumplir las funciones que en materia de servicios públicos, construcción de obras y ejercicio de obras administrativas les asignen las autoridades distritales y nacionales.
· Preservar y hacer respetar el espacio público. Podrán reglamentar su uso para la realización de actos culturales, deportivos, recreacionales o de mercados temporales y ordenar el cobro de derechos por tal concepto.
· Promover la participación y veeduría ciudadana y comunitaria en el manejo y control de los asuntos públicos.
· Presentar al Concejo proyectos de acuerdo relacionados con la localidad que no sean de la iniciativa privativa del Alcalde Mayor.
· Vigilar la ejecución de los contratos del Distrito en la zona. Podrán obtener informes y copias de los documentos que necesiten para cumplir esa vigilancia.
· Promover campañas de protección de los recursos naturales y del medio ambiente.
· Solicitar informes a las autoridades distritales, quienes deben expedirlos dentro de los 10 días siguientes.
· Ejercer la veeduría que proceda sobre los elementos, maquinaria y demás bienes que la Administración Distrital destine a la localidad.
· Oír a las organizaciones cívicas, sociales y comunitarias, así como a los ciudadanos residentes en la localidad que deseen opinar sobre los proyectos de acuerdo en trámite.
· Elaborar una terna con candidatos a Alcalde Local y enviarla al Alcalde Mayor para que designe al alcalde de la localidad.