Bogotá, 8 de mayo de 2020
CONCEJALES DE BOGOTÁ
Bogotá D.C. 8 de mayo de 2020
La presente propuesta se fundamenta de conformidad al contenido del Pacto suscrito por los medios comunitarios y alternativos con la alcaldesa Claudia Nayibe López[1] y que hace parte del programa de gobierno al lado de otros pactos como el de cultura[2] , el concepto del CTPD en general [3] así como en forma específicas en lo relacionado al pacto y el derecho a la comunicación, y las normas marco de la política pública[4].
PROPUESTA |
JUSTIFICACIÓN |
POSIBLE UBICACIÓN EN EL PROYECTO DE ACUERDO DE PLAN DE DESARROLLO |
MODIFICAR EL LITERAL G DEL ARÍCULO 37 POR UNA NUEVA REDACCIÓN ASÍ:
g.- El diseño y acompañamiento en la implementación de estrategias asociadas a la cultura ciudadana, en torno a los temas priorizados de ciudad. La creación de contenidos por los medios comunitarios y alternativos y su fortalecimiento, así como el desarrollo de estrategias interculturales para fortalecer los diálogos con la ciudadanía en sus múltiples diversidades poblacionales, tareas de genero y territoriales, promoviendo, la inclusión, la confianza y el respeto por el otro, así como el cuidado de lo público.
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MODIFICAR EL LITERAL G DEL ARTÍCULO 37 QUE DICE
“g.- El diseño y acompañamiento en la implementación de estrategias asociadas a la cultura ciudadana, en torno a los temas priorizados de ciudad, así como, la creación de contenidos y fortalecimiento de medios alternativos y comunitarios, y el desarrollo de estrategias interculturales para fortalecer los diálogos con la ciudadanía en sus múltiples diversidades poblacionales, tareas de genero y territoriales, promoviendo, la inclusión, la confianza y el respeto por el otro, así como el cuidado de lo público.”
Se precisa la redacción aclarando que los contenidos son producidos por los medios comunitarios y alternativos. Por otro lado se adelantarán acciones para su fortalecimiento.
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MODIFICAR EL LITERAL G DEL ARTÍCULO 37 Se precisa que los contenidos son producidos por los medios comunitarios y alternativos. Por otro lado se adelantarán acciones para su fortalecimiento.
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ADICIONAR EL ARTÍCULO 25:
Programa 25. Bogotá región productiva y competitiva. La administración distrital intervendrá en la reactivación económicamente de Bogotá afectada por la pandemia de COVID-19, para lo cual adelantará actividades que permitan preservar el empleo y el tejido empresarial y en particular de la micro, pequeña y mediana empresa, también promoverá aglomeraciones productivas y sectores de alto impacto en Bogotá región y favorecerá las mejores condiciones para una productividad sostenible; abriendo nuevos mercados comerciales para empresas con potencial exportador y atracción de eventos; actualizando para el efecto la política pública de desarrollo económico, ante la nueva situación económica y social de la ciudad, con el objeto de aumentar la productividad de unidades productivas en 6 zonas de aglomeración especializada por medio de sistemas productivos solidarios locales y la asociatividad por servicios entre otras para la creación y consolidación de las redes de comunicación comunitaria y alternativa.
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Las economías de aglomeración son por enfoque territorial y no aparece la asociatividad por el concepto de servicios que permita con el apoyo de la Secretaria de desarrollo Económico el financiamiento y/o apoyo para la construcción de las redes de comunicación y el emprendimiento de los medios comunitarios y alternativos, asi como el fortalecimiento de emprendimientos de los actores culturales y otros.
Este compromiso es explicito en el PACTO SUSCRITO CON LA ALCALDESA CLAUDIA LÓPEZ con los medios comunitarios y alternativos. (suscrito por 17 coordinadores, 65 medios sectoriales y avalado por 135 medios más de la ciudad de Bogotá)
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ADICIONAR EL ARTÍCULO 25:
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Propósito 5. Gobierno abierto
PROGRAMA O META NUEVA:
Definir e implementar la estrategia, operación, seguimiento y evaluación de los presupuestos participativos en los Fondos de Desarrollo Local. La estrategia de comunicación permanente de que tratan los acuerdos 740 de 2019 y 13 del 2000 y del decreto 768 de 2020 será adelantado por los medios comunitarios y alternativos.
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LA ESTRATEGIA DE COMUNICACIÓN para hacer realidad el presupuesto participativo, y el respectivo control social y la veeduría ciudadana de que tratan los acuerdos 740 de 2019, 13 del 2000 y el decreto 768 de 2020, incluso las circulares conjuntas 2,5 y 9 requiere de acciones concretas de difusión del proceso de adopción de los planes locales de desarrollo y del proceso de ejecución. Desde luego el definir e implementar la estrategia, operación, seguimiento y evaluación de los presupuestos participativos.
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Propósito 5. Construir Bogotá – Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente.
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EN EL ARTÍCULO 67, EN EL PARÁGRAFO 1, ADICIONAR UN TEXTO (SUBRAYADO)
Parágrafo 1. Dentro del marco de la coordinación Nación – territorio, el Distrito Capital adelantará todas las gestiones que permitan implementar para la zona rural de Sumapaz y para Soacha, el modelo de acción integral previsto para los planes de Desarrollo con Enfoque Territorial – PDET.
En el marco de formulación y adopción de dichos instrumentos, se busca garantizar acciones, acuerdos y recursos financieros, técnicos e institucionales conjuntos que permitan la incorporación y debida gestión de la totalidad de acciones previstas en el marco de la reforma rural integral – RRI, señaladas en el punto 1 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, cuyo objetivo corresponde a un proceso de construcción y participación que refleje la visión colectiva de los actores del territorio y que se convierta en laboratorio de participación comunitaria activa en la visión y promoción de su desarrollo, donde se implementaran: ordenamiento social de la propiedad; infraestructura; salud; educación y primera infancia; vivienda agua potable y saneamiento; reactivación económica y producción; derecho a la alimentación y; reconciliación, convivencia y paz. En igual sentido formular e implementar una estrategia que desarrolle el acuerdo de paz en lo relacionado al derecho a la comunicación y los medios comunitarios y alternativos así como el acompañamiento, estudios y financiamiento para el logro de frecuencias, licencias y autorizaciones requeridas y el acceso a los fondos nacionales y regionales y las estrategias de comunicación social y la integración regional.
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Sobre el acuerdo de paz y lo relacionado al derecho a la comunicación se puede revisar en forma puntual el siguiente artículo:
http://bogotasocial.org/derechos/derechos-humanos/paz-comunicacion
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EN EL ARTÍCULO 67, EN EL PARÁGRAFO 1, |
Capítulo II. ASPECTOS NORMATIVOS E INSTITUCIONALES
Artículo NUEVO___. Democratización de los gastos de divulgación y acciones misionales. La administración Distrital, sus entidades del orden central, descentralizado, los Fondos De Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales y las Subredes Integradas de Servicios de Salud –ESE, promoverán la democratización del acceso a los medios de comunicación comunitarios y alternativos, legalmente inscritos en el Instituto de la Participación y Acción Comunal –IDPAC, con una participación del 33% de las cuantías dedicadas para sus programas, proyectos y planes de divulgación, comunicación y publicaciones. Las secretarías en el marco de sus objetivos misionales, adelantarán acciones y programas con los medios comunitarios y alternativos.
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Hace parte del PACTO SUSCRITO con los medios comunitarios y alternativos el definir el mecanismo y el porcentaje de participación de los gastos de divulgación, publicaciones y comunicaciones. En la actualidad se desarrolla un primer contrato entre ETB y la Secretaría General sin que se haya establecido el porcentaje de participación sobre el total, ni las tarifas, pero si el costo de administración a favor de ETB. La ejecución hasta el momento se ha realizado con los medios comerciales y se envió una carta a medios comunitarios pidiendo una certificación, sin que se inicie contratación alguna.
Por otro lado los acuerdos de las vigencias 2018, 2019 y el decreto de presupuesto de las vigencias de los años anteriores, tienen un artículo similar a la redacción propuesta. El objetivo de esto es que las entidades de la administración queden obligadas con un porcentaje cierto. Observemos que durante los cuatro años del periodo anterior la administración se gastó $328 mil millones de pesos en pautaje, y costos de publicaciones a favor de los medios comerciales (99,98%) no obstante la existencia de dicho artículo. En el documento presentado al Concejo de Bogotá a fin de año se reseña la propuesta a propósito de las propuestas al proyecto de presupuesto que finalmente se expidió por decreto con el contenido del artículo 44, ver:
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Capítulo II. ASPECTOS NORMATIVOS E INSTITUCIONALES
ARTÍCULO NUEVO |
DOCUMENTOS Y CONCEPTOS DE FUNDAMENTACIÓN:
PACTO POR LA RECONSTRUCCIÓN Y EL FORTALECIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN COMUNITARIA Y ALTERNATIVA
Los directores de los medios comunitarios y alternativos representativos del sector, quienes suscribimos el presente documento y la candidata a la Alcaldía Mayor de Bogotá, Claudia Nayibe López, considerando que Colombia establece como derechos fundamentales la libertad de expresión y la participación ciudadana requeridos para el ejercicio del control social, la eficiencia administrativa y la lucha contra la corrupción.
Teniendo en cuenta que Bogotá D.C., dispone de una amplia normativa para el fortalecimiento de la comunicación comunitaria y alternativa, y en armonía con el programa de Gobierno de Claudia López, acordamos trabajar conjuntamente para integrar todos los tipos de medios audiovisuales, sonoros, impresos, y de las Tic en Proyectos del Plan de Desarrollo Distrital , para promover la comunicación comunitaria y alternativa, y el goce efectivo del derecho a la información y expresión de la comunidad. Es así como nos comprometemos a:
1. Realizar el proceso de reconstrucción, actualización y relanzamiento de la política pública de comunicación comunitaria y alternativa del Distrito, a través de fortalecer técnica, administrativa y económicamente a los medios de comunicación comunitarios y alternativos tales como locales, interlocales, sectoriales, poblacionales y temáticos de la ciudad, como también el fortalecimiento de las diferentes instancias de participación existentes o las que llegasen a crear.
2. Garantizar el fortalecimiento de los medios comunitarios y alternativos, mediante la difusión de la gestión pública. Para tal fin se conformará una comisión representativa de todos los tipos de medios que adelantará el proceso consultivo, mientras se decide la instancia de participación, para establecer los mecanismos y porcentajes de los planes de medios, comunicaciones, publicaciones y acciones, que se desarrollarán por las entidades en los diferentes niveles de la administración pública.
3. Fortalecer y apoyar la creación de las redes de comunicación comunitaria y alternativa y el logro de mayores niveles de cubrimiento territorial y poblacional. Implementando programas para lograr economías de escala, acceso a infraestructura, apoyo al emprendimiento, acceso a la tecnología y su armonización e integración con los proyectos de Bogotá SmartCity. Las secretarías en el marco de sus objetivos misionales, adelantarán acciones y programas con los medios comunitarios y alternativos.
4. Para la implementación de los diferentes programas se tendrá en cuenta el enfoque diferencial y de género, así como la aplicación y desarrollo de procesos y tecnologías que permitan la inclusión para las personas con discapacidad y de los grupos poblacionales.
Se suscribe en Bogotá a los 9 días del mes de octubre de 2019
SUSCRIBEN:
………………………………………
Claudia Nayibe López
Candidata a la Alcaldía Mayor de Bogotá
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Director Medio Audiovisual Directora Medio Tv Cerrada Comunitaria
……………………………………….… ………………………………………..
Director Medio Impreso Directora Medio Impreso
…………………………………………. …………………………………………..
Director Medio Sonoro Director Emisora Comunitaria
……………………………………………… ……………….…………………………
Medio Población Discapacidad Directora Medio Étnico
…………………………………………. …………………………………………..
Director Medio TIC Directora Medio TIC
(Original firmado)
Marco Normativo:
1. El acuerdo distrital 292 de 2007: expedido por el Concejo de Bogotá, “por medio del cual se establecen los lineamientos de política pública en materia de comunicación comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento de la misma y se dictan otras disposiciones”; establece en ,el artículo tercero entre otras estrategias y líneas de acción las siguientes: “1) Apoyo a la creación, fortalecimiento y al reconocimiento social de los colectivos y redes de comunicación comunitaria que sean representativos de comunidades, grupos y sectores sociales, y que sean capaces de sostener y desarrollar procesos de comunicación, mediante acciones colectivas de producción y difusión de mensajes o muestren posibilidades de adquirir la correspondiente capacidad. 2) Cualificación de la gestión de los colectivos y redes de comunicación comunitaria y de la producción, realización y difusión de mensajes y representaciones comunitarias, a través, entre otros medios, de la capacitación de los miembros de esos colectivos y redes. 7) Adopción de disposiciones que promuevan la inclusión de las redes, colectivos y medios de comunicación comunitaria en los procesos de contratación de servicios de comunicación y divulgación adelantados por las entidades distritales.”
2. El Decreto 150 de 2008: “por medio del cual se adopta la Política Pública de Comunicación Comunitaria”. CAPÍTULO. IV, LÍNEAS Y ESTRATEGIAS DE ACCIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE LOS MEDIOS COMUNITARIOS DE COMUNICACIÓN, en el ARTÍCULO 6. Línea de acción Comunicación para la Participación, establece el numeral 6, así:
“5. Adopción de disposiciones que promuevan la inclusión de los actores de que trata el Acuerdo Distrital 292 de 2007, como son las redes, colectivos, organizaciones de la sociedad civil y medios de comunicación comunitaria, en los procesos de contratación de servicios de comunicación y divulgación adelantados por el Distrito Capital y sus entidades.”
3. El Decreto 149 de 2008: “Por el cual se establece la conformación de la Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria”
4. El Pacto suscrito con la Alcadesa Claudia López que establece con alcance de compromiso de gobierno que: “Garantizar el fortalecimiento de los medios comunitarios y alternativos, mediante la difusión de la gestión pública. Para tal fin se conformará una comisión representativa de todos los tipos de medios que adelantará el proceso consultivo, mientras se decide la instancia de participación, para establecer los mecanismos y porcentajes de los planes de medios, comunicaciones, publicaciones y acciones, que se desarrollarán por las entidades en los diferentes niveles de la administración pública..”
5. El Decreto 744 de 2019 “Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se dictan otras disposiciones”, establece en el artículo 44:
“ARTÍCULO 44. MEDIOS DE COMUNICACIÓN COMUNITARIOS Y ALTERNATIVOS. Los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, el Ente Autónomo Universitario, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales y las Subredes Integradas de Servicios de Salud –ESE, promoverán la democratización del acceso a los medios de comunicación comunitarios y alternativos, legalmente inscritos en el Instituto de la Participación y Acción Comunal –IDPAC, para sus programas, proyectos y planes de divulgación, comunicación y publicaciones.”
6. Tarifas Aplicables: Son las establecidas en el lineamiento de tarifas y gastos de divulgación de la gestión pública vigentes desde el año 2011 y que se ajusta al IPC Bogotá por cada año. Dicho lineamiento está vigente y podrá revisarse.
La Mesa de Trabajo para la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria adoptó el 22 de diciembre de 2011 los Lineamientos para la creación y consolidación de Mesas Locales de comunicación comunitaria. También se adoptó el lineamiento de pautaje o gastos de divulgación y se fijaron las tarifas a las cuales se establece se ajustan al IPC anual.
· LINEAMIENTOS_politica_pautaje_medios_comunitarios.pdf
7. Acuerdos y Decretos Locales de comunicación comunitaria y alternativa:
Las Juntas administradoras locales, las alcaldías locales y oficinas de prensa por iniciativa de los medios comunitarios ya alternativos y en desarrollo de la normativa, ha creado las instancias de participación sean Mesas o Consejos.
A continuación, se pueden descargar la totalidad de las actas, decretos y acuerdos locales:
El Lineamiento general de Mesas o consejos locales es el siguiente:
LINEAMIENTOS__MESAS_LOCALES_aprobado_Mesa_Distrital_dic_22_2011.pdf
MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL:[5]
El marco normativo internacional sobre el derecho a la libre expresión, la libertad de pensamiento y opinión y el derecho al desarrollo y a la participación activa, es la siguiente:
· La Declaración Universal de los Derechos humanos en su artículo 19,
· El Pacto Internacional De Derechos Civiles y Políticos en su artículo 19.
· La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) en su artículo 13,
· La Declaración sobre el derecho al Desarrollo en su artículo 2,
· La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en su capítulo iv.
· Los pronunciamientos de la Unesco.
MARCO CONSTITUCIONAL:
· El Artículo 1o. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
· Artículo 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
· Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.
· Artículo 73 : La actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad e independencia profesional.
· Artículo 74: Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley.
NORMAS NACIONALES
· Ley 397 de 1997, Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.
· La Sentencia C-371/00 de la Corte Constitucional, referencia: expediente P.E.010, M.P. Dr. Carlos Gaviria Díaz, del 29 de marzo del año 2000
· Ley 1341 de 2009 Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las tecnologías de la información y las comunicaciones – tic-, se crea la Agencia nacional del Espectro y se dictan otras disposiciones.
· RESOLUCION NÚMERO 00415 DE 13 ABR. 2010, Del Ministerio De Tecnologías de la Información y las comunicaciones
· LEY ESTATUTARIA 1581 DE 2012 Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 1377 de 2013. Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.
· Ley 182 de 1995, Ley 335 de 1996 y Ley 680 de 2001 relativas a los servicios de televisión.
CUÁLES SON LOS TIPOS DE MEDIOS COMUNITARIOS Y SUS ENFOQUES:
Sector de los Medios Impresos: Los Medios de Comunicación Comunitarios y Alternativos impresos corresponden a periódicos, revistas, separatas y ediciones especiales impresas en papel sistema de rotativa con lo cual se logran ediciones a escala.
Sector Medios TIC: Se trata de los medios comunitarios que utilizan las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC- y cuyos servicios y productos recogen, procesan, crean, transmiten o muestran datos e información electrónicamente. La información y datos así adopta la forma de textos, imágenes, audio o Televisión por el protocolo IP, streaming o asimilados.
El uso de las plataformas basadas en internet, sumado a ello la movilidad de los dispositivos, permite la transmisión de todo tipo de evento y la democratización de la información para propósitos de educación, impulso de campañas, denuncias, promover procesos organizativos, difundir productos y servicios.
El sector de Sonoros: El sector sonoros está conformado por los medios de comunicación comunitaria y alternativa que se caracterizan por usar como formato de información el sonido, el lenguaje vocal, la música o similares, independiente de si su emisión y transmisión utilizan la internet, cable, circuitos cerrados, señales electromagnéticas en frecuencias am y FM, frecuencia libres wifi u otro sistema.
Aquí se integran las emisoras comunitarias y las emisoras Online (soportados por Internet).
El Sector Audiovisuales: El sector audiovisual está conformado por los medios de comunicación comunitaria y alternativa que usan el formato audiovisual (audio e imágenes en movimiento) independiente del canal de transmisión.
Aquí se integran los canales de Televisión comunitaria catalogados así por la Autoridad Nacional de Televisión ANTV, los canales de Televisión por protocolo IP (internet) TvIp, Tv streaming y Tv por demanda que tengan dominio propio.
Cuáles son los tipos de medios conforme a sus contenidos:
Son los contenidos los que reflejan realmente la orientación o perspectiva de cada uno de los medios de comunicación comunitaria y alternativa. El Decreto 150 de 2008 concertado con los miembros de la Mesa Distrital de la Política Pública de Comunicación Comunitaria definió así.
Comunicación Comunitaria: Proceso mediante el cual las comunidades asumen una voz propia y se organizan para integrarse y visibilizarse por intereses comunes (género, edad, etnia, credo, condición social o económica, orientación sexual, condiciones físicas y/o mentales, origen, territorio y asuntos lingüísticos, entre otros), para desarrollar y gestionar procesos comunicativos (medios de comunicación, formación, investigación, organización, entre otros), que reivindiquen a la población y sus derechos humanos.
ARTÍCULO 4. La comunicación comunitaria, incluye las siguientes perspectivas, las cuales se incorporan a la Política Pública de que trata este Decreto.
*Desde lo territorial: comprende un proceso de comunicación vinculado a una porción del territorio o espacio geográfico de la ciudad, bien por su división de carácter político administrativo, como los barrios, las unidades de planeación zonal y/o rural (UPZ y/o UPR), o las localidades, o bien, por las características ambientales y los límites geográficos naturales del entorno.
*Desde lo sectorial: atiende a las necesidades y expectativas de una determinada comunidad, sector o grupo de población u organización o movimiento social que comparte rasgos, características y/o intereses comunes de orden social, político, económico, étnico, lingüístico, ideológico, ambiental, educativo y/o cultural, independientemente del territorio o espacio geográfico que los individuos ocupen o habiten.
*Desde una perspectiva alternativa de sociedad: construye un proceso de comunicación de pensamiento autónomo e independiente que confronta el pensamiento único, apartándose generalmente de las expresiones de los medios tradicionales de comunicación y de los intereses económicos y de las relaciones de poder prevalentes.
Aportes de la comunicación comunitaria y alternativa para EL CAMBIO SOCIAL Y LA DEMOCRACIA
1. Proveen información real con independencia sobre temas del territorio y de las poblaciones. Son medios de la gente para la gente. No son ni medios comerciales ni institucionales.
2. Más democracia por que abrimos los canales de información para la opinión ciudadana.
3. Hacer ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión.
4. Información para el control social. La contratación y la gestión pública deben ser conocidas por todos, su acceso y publicación es requisito indispensable para la vigilancia y control de la ciudadanía.
5. Más tejido social y participación, por cuanto el reconocimiento de los intereses comunes nos permite la búsqueda de soluciones a los problemas sociales y adoptar iniciativas.
6. Luchamos contra la corrupción. los recursos públicos provienen del esfuerzo de la ciudadanía con el pago de impuestos y su apropiación debe ser denunciada por todos.
7. Reivindicación de los derechos sociales, culturales, económicos, políticos y ambientales. “los derechos no se mendigan se exigen.” tenemos una función pedagógica.
8. Plataforma para difusión de las expresiones culturales y artísticas.
9. Los medios comunitarios y alternativos somos a su vez una expresión cultural.
10. Somos medios de comunicación para el cambio social. Por ésto debemos estar integrados en el sistema distrital de participación, en el plan distrital de desarrollo y en los planes locales de desarrollo.
11. Reivindicamos los derechos humanos integrales y los relacionados con los grupos poblacionales.
12. Somos promotores de la paz, la reconciliación y defendemos la vida.
13. Somos expresión del tejido social, interconexión del mismo y factor de creación del capital social.
Suscribimos y apoyamos la presente propuesta:
Suscribientes del Pacto
NOMBRE |
SECTOR |
TELÉFONO |
CORREO |
RODRIGO HERNAN ACOSTA BARRIOS |
Coordinación general y sector Audiovisuales |
3005810164
Calle 166 # 9-70 etapa 2 torre1, apto 204 Bogotá D.C. |
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FIDEL JUEZ PARDO |
Sector audiovisuales |
3008244770 |
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JORGE CAICEDO |
Sector audiovisuales |
3108617912 |
|
ROBERTO QUIROGA |
Sector impresos |
3142166661 |
|
JORGE GIL |
Sector impresos |
3112504201 |
|
JORGE LONDOÑO LUGO |
Sector emisoras comunitarias |
3015855294 |
|
JAVIER CÁRDENAS |
Sector medios sonoros online |
3197201790 |
|
NELSON JULIAN VILLAMIZAR |
Sector Discapacidad |
3142780014 |
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YAMILE LEÓN |
Sector Discapacidad |
3124925885 |
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YESENIA MOSQUERA |
Sector Étnico |
3023245549 |
|
VICTOR CUASTUMAL |
Sector Etnico |
3156745685 |
|
LEONIDAS MOSQUERA |
Sector medios TIC |
3107528632 |
|
DARIO SALAZAR |
Sector medios TIC |
3006029844 |
|
MARTHA CAÑON |
Sector ONG |
3108688026 |
|
ALICIA CORTES |
Sector Mujeres |
3166915054 |
|
CECILIA MIRANDA |
Sector Mujeres |
3102234842 |
|
ALFONSO RIPPE |
Sector Medios de salud |
3102796573 |
|
MARÍA ALEJANDRA PÉREZ |
Sector audiovisuales |
3173665570 |
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SIGUEN FIRMAS DE MEDIOS |
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[2] Pactos suscritos con la alcaldesa Claudia López: http://bogotasocial.org/derechos/derechos-humanos/pactos
[3] http://bogotasocial.org/derechos/derechos-humanos/concepto-del-plan-de-desarrollo-entregado-por-el-ctpd-a-la-alcaldesa-claudia-l%C3%B3pez