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Propuesta de los medios Comunitarios a la Jal Engativá

La Junta Administradora Local de Engativá, realizó el 3 de dicimebre de 2019, una cesión para escuchar los delegados de la Mesa de Medios Comunitarios y Alternativos de Engativá y los medios comunitarios y alternativos activos que la integramos y quienes estamos debidamente caracterizados en la Base de Datos del IDPAC y con la ficha técnica en la Oficina de Prensa de la Localidad, con relación a la integración de algunos aspectos en el Plan Operativo Anual de Inversiones POAI 2020.

 

Las intervenciones estuvieron a cargo de Roberto Quiroga, Daniel Miranda, Rafael Stevey Ortega, Jeison Vargas y Rodrigo Hernan Acosta.

 

El documento presentado a la administración Local en cabeza de la Alcaldesa Angela Vianney Ortíz Roldán y la Junta Administradora Local Jal es el siguiente:

 

Bogotá, D.C.  18 de noviembre de 2019

 

Doctora

ÁNGELA VIANNEY ORTÍZ ROLDAN

 

Alcaldesa Local de Engativá

JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ENGATIVÁ

 Ref:     Solicitud de inclusión de la comunicación comunitaria y alternativa en el Plan Operativo Anual de Inversiones POAI y otras actividades

 La Mesa de Medios Comunitarios y Alternativos de Engativá y los medios comunitarios y alternativos activos que la integramos y quienes estamos debidamente caracterizados en la Base de Datos del IDPAC y con la ficha técnica en la Oficina de Prensa de la Localidad, nos permitimos presentar la siguiente propuesta a objeto de:

 

  1. Se incluidos con recursos en el POAI
  2. Establecer criterios generales en la ejecución de proyectos.
  3. En los contratos pendientes por terminar en su ejecución orientar la difusión respectiva con los medios comunitarios y alternativos.

 Fundamentos Legales:

 

LAS NORMAS A NIVEL LOCAL:

        El plan de desarrollo local en cada uno de sus programas establece la participación de los medios comunitarios y alternativos activos en la Localidad de Engativá en los procesos de difusión con un texto que indica:

 

“ El programa formulará un Plan de Medios de Comunicación para la promoción, divulgación e información de avances y resultados de este Programa, para lo cual se invitará entre otros a los medios alternativos y comunitarios activos en la Localidad”.

 

       El lineamiento de política pública sobre los espacios de participación  indica que:

 “3. En los planes de medios de las alcaldías locales y dependencias se deben incluir claramente con criterio de equidad y diferenciación positiva los medios de comunicación comunitaria y alternativa, definiendo proyectos concretos en aplicación del Plan de Acción anual de la política pública de comunicación comunitaria y alternativa distrital y local. Se distribuirá el presupuesto priorizando los medios de comunicación Comunitaria y Alternativa, de conformidad al Acuerdo de Presupuesto de la Vigencia y el contenido del Acuerdo 292 de 2007. “

LAS NORMAS DE BOGOTÁ D.C.:

1.       La normativa sobre comunicación comunitaria en Bogotá es amplia, incluso el artículo 45 del Presupuesto de Gastos e Inversiones para Bogotá vigencia del 2019, vigente también en el 2018 y que ahora de nuevo se integra en el proyecto radicado al Concejo para el Presupuesto de gastos e inversiones del 2020, establece que:

 “ARTICULO 44: Los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, el Ente Autónomo Universitario, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales y las Subredes Integradas de Servicios de Salud –ESE, para sus programas, proyectos y planes de divulgación, comunicación y publicaciones promoverán la democratización del acceso a los medios de comunicación comunitarios y alternativos, legalmente inscritos en el Instituto de la Participación y Acción Comunal -IDPAC.” (la negrilla y subrayado son nuestros).

 

Como se observa dicha obligación tambien es para los Fondos de Desarrollo Local y sus representantes legales.

 2.       El Concejo de Bogotá aprobó el Acuerdo 292 del 21 de noviembre de 2007 “Por medio del cual se establecen lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento de la misma y se dictan otras disposiciones”.

 3.       El Decreto 150 de 2008 sobre La Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria.

 4.       El Decreto 149 de 2008 “Por el cual se establece la conformación de la Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria”

LAS NORMAS A NIVEL NACIONAL:

 1.       El artículo 20 de la Constitución Política consagra que “Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. (…)”.

 2.       La Sentencia C-371/00 de la Corte Constitucional, referencia: expediente P.E.010, M.P. Dr. Carlos Gaviria Díaz, del 29 de marzo del año 2000, estableció el alcance de las acciones afirmativas y la discriminación inversa o positiva, para la designación de políticas o medidas dirigidas a favorecer a determinadas personas o grupos, con el fin de eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o económico que los afectan.

 3.       La Resolución 415 de 2010, del Ministerio de Tecnologías de la Información y las comunicaciones Por la cual se expide el Reglamento de Radiodifusión Sonora y se dictan otras disposiciones”, establece en los artículos 86, 87, 88, 89 90, 91, 92 sobre el procedimiento para otorgar la concesión para el servicio de radiodifusión sonora comunitaria.

 4.       La Ley 850 de 2003 reglamentó las Veedurías ciudadanas, el Acuerdo 142 de 2005 del Concejo de Bogotá adoptó los mecanismos e instancias para apoyar y promover en el ámbito distrital las Veedurías Ciudadanas la Ley 1474 de 2011 estableció los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

 5.       El Consejo Nacional de Comunicación Ciudadana y Comunitaria en su sesión de 21 de noviembre de 2011 orientó la conformación de espacios de participación y la inclusión de programas de comunicación ciudadana, comunitaria y alternativa en los Planes de Desarrollo.

 6.       El Artículos 37 numeral 4 y 47 de la Ley 182 de 1995. Artículo 24 literal e) de la Ley 335 de 1996 establece la legislación marco. El Acuerdo 09 de la CNTV octubre 24 de 2006

 7.       La tutela que dió paso a la sentencia CC T 460 de 2006, sobre la obligación de promover la prestación del servicio de radiodifusión sonora comunitaria.

 LAS NORMAS INTERNACIONALES:

 El marco normativo internacional que establece el derecho a la libre expresión, la libertad de pensamiento y opinión; así como  el derecho al desarrollo y a la participación activa:

 1.       Las orientaciones de la UNESCO entidad del sistema de la Organización de las Naciones Unidas, que frente a los gobiernos les pide reconocer a los medios comunitarios y alternativos, además de los medios institucionales-estatales y los medios comerciales, con el objetivo de promover la democracia y el desarrollo.

 2.       La Declaración Universal de los Derechos humanos en su artículo 19.

 3.       El Pacto Internacional De Derechos Civiles y Políticos en su artículo 19: Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su Resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 Entrada en vigor: 23 de marzo de 1976, de conformidad con el artículo 49

4.       La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) en  su artículo 13: Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su Resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 Entrada en vigor: 23 de marzo de 1976, de conformidad con el artículo 49 (Pacto de San José) SUSCRITA EN LA CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969

 

ANÁLISIS DE LA PROBLEMÁTICA:

A un año y dos meses de culminar la vigencia del Plan de Desarrollo Local, podemos afirmar que:

 

  1. No ha existido un proceso de democratización del acceso a los medios de comunicación comunitarios y alternativos para realizar las actividades de divulgación, comunicación y publicaciones de los programas y proyectos de la Localidad, no obstante, la existencia de la normativa citada.
  2. Mediante el contrato 213 de 2016 por la suma de $335.080.000 que incluyó un amplio componente administrativo y de cursos no solicitados, en el marco del Plan de Desarrollo del gobierno anterior, la actual administración ejecutó el proyecto de fortalecimiento, que benefició a los 25 medios locales activos en la Localidad de Engativá, es así como en respuesta a la Jal y al Concejo de Bogotá, la administración Local reconoce los medios activos que participaron en dicho proyecto así: El Colarte, Décima realidad, Tu Zona, Periódico de las Mujeres, Informativo ciudadano, Revista Lgbt, Tribuna Comunal, Periódico Somos Adultos y Personas Mayores, Golpe de Opinión, El Hormiguero, Amigos de los animales, TV San Marcos/canal8, Telemorisco, CanalTvBogotá, Bogotá Social Televisión, TV Xpresión, Block Juvenil, La diez Radio On Line, La Boyacense On Line, The Class Records, Digital Stereo, 5.4 Musik, Psi Consultame, Bogotá Social.Org, Vórtice.
  1. Lamentablemente en lo que corresponde al actual gobierno local en cabeza de la alcaldesa Ángela Vianney Ortiz Roldan no se ha desarrollado proyecto alguno. Por otro lado, la administración local ha incumplido el Plan de Desarrollo Local de la vigencia que estableció la obligación en cada uno de los programas. Todo ello aunque en las respuestas a los derechos de petición afirman irregularmente lo siguiente:

 

 

CONTRATO

 

VALOR SUPUESTO

MEDIOS

OBSERVACIÓN

238

$12.000.000

Décima realidad

Digital Stereo

El colarte

El Hormiguero

La Boyacense Oline

La Diez Radio

Psi Consultame

Somos Adulto Mayor

Tribuna Comunal

No es verdad que cada medio haya recibido la suma de $12 millones de pesos como irregularmente lo presentan, tampoco es verdad que a los medios en total les hayan adjudicado la suma de $96 millones. La gran mayoría de los recursos se colocaron en los medios comerciales violando el mandato del Acuerdo del Plan de Desarrollo Local de Engativá

239

$12.000.000

244

$12.000.000

252

$12.000.000

245

$12.000.000

246

$12.000.000

254

$12.000.000

253

$12.000.000

 

 

Le estamos solicitando a la administración local informarnos a que medios comerciales fueron entregadas las cuantías por cada uno de los contratos enunciados.

 

  1. Si bien algunos medios hemos sido llamados por algunos operadores para realizar las cotizaciones, la gran mayoría de los medios comunitarios locales no hemos accedido a ninguna posibilidad de orden de divulgación alguna, siendo excluidos ilegalmente. Quienes si lo han hecho es por cuantías muy exiguas. Tampoco ha existido interlocución con funcionario alguno de la Oficina de Planeación o de la Oficina de Comunicaciones, para poder resolver las inquietudes o realizar coordinación alguna o al menos obtener información al respecto.
  2. Consideramos que se ha exagerado en la interpretación de la frase “entre otros” que aparece en cada uno de los programas del Plan de Desarrollo Local en referencia a la participación de los medios comunitarios y alternativos activos en la localidad en los procesos de difusión, desconociéndose el compromiso de fortalecer a TODOS los medios comunitarios y alternativos al momento de socializar con la comunidad los programas y proyectos realizados, incluyendo prioritaria y casi exclusivamente a los medios masivos comerciales.
  3. Ejemplos de esto son: La contratación DIRECTA del canal de televisión City TV, a través de su “City Cápsula”durante un mes con prórroga de 15 días, para dedicarlo a presentar personas que hablaran bien de la administración local. Además, la ínfima contratación de los medios comunitarios locales por parte de los ejecutores de los proyectos de la alcaldía local, quienes impusieron unas tarifas mínimas que vulneraron todos los acuerdos establecidos a nivel Distrital, con alcance local, con los medios comunitarios, pero sí se sometieron a las tarifas de los medios comerciales tales como Publimetro, Radio Santa Fe, La Voz de Bogotá, etc.
  4. Aún así los medios comunitarios y alternativos continuamos realizando los cubrimientos de las actividades locales, y divulgando las actividades de la Alcaldía Local en forma gratuita y comprometida, con las dificultades que lo aquí explicado representa.

 

8.    Es de reiterar nuevamente como es de conocimiento público, incluso por la Junta Administradora Local JAL, que la Mesa Local de comunicación comunitaria y alternativa de Engativá existe desde el año 2008. En todos y cada uno de más de 5 proyectos de inversión la Mesa fue consultada, así también en el año 2017 con el contrato suscrito entre el Fondo de Desarrollo Local de Engativá y la Fundación Sxxi se realizó la consulta, caracterización de los medios que integran la Mesa y se pidió a la Mesa una certificación al respecto.

 

Como espacio de participación reconocido somos sujetos de proyectos de fortalecimiento como en efecto se solicita mediante la difusión de piezas comunicativas de la gestión pública local.

Los medios comunitarios y alternativos activos de Engativá son los siguientes:

PROPUESTA:

De conformidad con los programas, proyectos, metas y presupuesto del Fondo de Desarrollo Local, considerando que se tienen proyectos pendientes por llegar a sus metas en el 2020 e incluso contratos que se deben suscribir, nos permitimos proponer:

1.    Que sea considerado para ser integrado en el POAI, el siguiente artículo como criterio general de ejecución, que no conlleva ni línea de inversión adicional, ni recursos adicionales nuevos, mediante el cual consideramos se adelante en la realidad el proceso de democratización y participación, sobre un tema esencial del cual la Junta Administradora conoce, la propuesta es:

“Los planes de medios y las actividades de promoción, divulgación, comunicación, publicaciones e información de avances y resultados, se realizará con todos y cada uno de los 25  medios alternativos y comunitarios activos en la Localidad de Engativá y con respeto de las tarifas vigentes, y la pluralidad y equidad en la participación” 

2.    Considerando lo indicado en el capítulo, EJE TRANSVERSAL: “GOBIERNO LEGÍTIMO Y EFICIENTE, en su artículo 31 establece claramente que:

  

“La Participación Ciudadana contará con un Plan de Medios de Comunicación para su promoción, información y resultados, para lo cual se invitará entre otros a los medios alternativos y comunitarios activos en la Localidad. Teniendo en cuenta que en el 2016 se realizó el primer encuentro ciudadano para el sector industrial y de comerciantes se dará continuidad a la participación ciudadana buscando alianzas, convenios, entre otros, con el sector productivo, universidades, colegios, embajadas y la Secretaria de Desarrollo Económico. 

Acompañamiento y sensibilización para consolidar su capacidad de gestión y autogestión de proyectos e iniciativas a las organizaciones comunales de primer grado (Juntas de Acción Comunal y de Vivienda Comunitaria) y segundo grado (Asociaciones Comunales de Juntas). 

Fortalecimiento de los medios comunitarios y alternativos activos en la Localidad que cumplan con los requisitos de las autoridades competentes , en su función de informar y promover el derecho a la comunicación, por lo cual se desarrollarán planes orientados a mejorar sus capacidades técnicas, mediante proyectos de formación, actualización, cualificación técnica y apoyo para su fortalecimiento.”

 

Proponemos establecer un enunciado o ítem separado del programa de participación que precise lo siguiente:

 

Proyecto: 1529

Nombre del proyecto: Empoderamiento Social con Corresponsabilidad

Componente: FORTALECIMIENTO PARA LA PARTICIPACIÓN

 

Meta del Plan de Desarrollo: Fortalecer 33 Organizaciones, instancias y expresiones sociales ciudadanas para la participación

 

Item o párrafo nuevo en el POAI 2020: Fortalecimiento a la participación mediante la difusión de la gestión pública con los medios comunitarios y alternativos activos pertenecientes a la Mesa Local de Comunicación Comunitaria y alternativa de Engativá. Todos los medios comunitarios y alternativos enunciados sin exclusión alguna.

 Medios de la Localidad de Engativá:

 Sector Impresos:

 ·         El Colarte, Décima Realidad, Zona Tu Periódico, Periódico de la Mujeres, Informativo Ciudadano, Revista LGBT, Tribuna Comunal, Periódico Somos Personas Mayores, Golpe de Opinión, El Hormiguero, Amigos de los Animales.

 Sector Audiovisuales:

 ·         Tv San Marcos / Canal 8, Telemorisco, Canal TV Bogotá, Bogotá Social televisión, TV Xpresion.

 Sector Sonoros:

 ·         Block Juvenil, La Diez radio On Line, La Boyacense On Line, The Class Records, Digital Stereo, 5.4 Musik

 Sector Tic:

 ·         Psi Consúltame, BogotáSocial.Org, Vórtice.

 Valor propuesto: $350.000.000 (Trescientos cincuenta millones de pesos)

 3.    Lo anterior conlleva a que la Oficina de Planeación Local, en los términos de referencia de los contratos que permiten ejecutar el respectivo programa y proyecto especifique que: “El proceso de difusión de las convocatorias, seguimiento, entrega de resultados, apoyo en piezas comunicativas será realizado por los medios comunitarios y alternativos, se indicará así mismo el respectivo componente.

 Con especial atención,

(original firmado)

 

 

MEDIO COMUNITARIO Y ALTERNATIVO ACTIVO

NOMBRE DIRECTOR

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