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UN NUEVO CUPO DE ENDEUDAMIENTO PARA BOGOTÁ EN DEBATE EN EL CONCEJO QUE ACUMULA 6.1 BILLONES. ¿Se justifica?

Sep 25, 2017

El Concejo de Bogotá debate el Proyecto de acuerdo 497 de 2017 ” por el cual se autoriza un cupo de endeudamiento para la administración central y los establecimientos públicos y se dictan otras disposiciones”, sobre el cual realizaremos un análisis a objeto de definir si existe justificación de endeudar más la ciudad.

 

Saldo del cupo Acuerdo 646 de 2016:

En el año 2016 el Concejo de Bogotá aprobó el Plan de Desarrollo mediante el Acuerdo 645, donde se contempla un total de inversiones por valor de $96,1 billones, de las cuales $13 billones son para la construcción del Metro.

Estas inversiones se financian a través de diversas fuentes dentro de las cuales están las alianzas público privadas por $ 13 billones y el endeudamiento de acuerdo a la capacidad de la ciudad

En el año 2016, el Concejo de Bogotá mediante el Acuerdo 646 aprobó un cupo de endeudamiento por un valor de $5 billones 38.725 millones.

A septiembre de 2017, se han ejecutado $465.652 millones, que corresponden al 9,2 % del cupo aprobado en el 2016, quedando un saldo de $ 4 billones 560.122 millones sin comprometer.

Resaltan por la baja ejecución de los recursos de este cupo, Transmilenio con el 0,4%, Metro el 2,1 % y Secretaria de Ambiente con el 3,8%.

Cupo de endeudamiento Proyecto de acuerdo 497 de 2017:

Con el Proyecto de Acuerdo 497 de 2017, la administración distrital solicita un cupo de endeudamiento por $ 6 billones 960.122 millones:

$4 billones 560.122 billones por agotamiento de los recursos no comprometidos provenientes del cupo de endeudamiento aprobado en el Acuerdo 646 de 2016 
y $ 2 billones 400.000 millones nuevos para diversas obras de infraestructura.

La administración justifica este cupo global por $6,9 billones en las necesidades de financiación para cumplir con las metas del plan de desarrollo, teniendo en cuenta que ya no se cuenta con los recursos de la venta de la ETB por la suspensión de este proceso, ni con los recursos de la valorización, cobros por congestión, cobro de alumbrado público, estacionamiento en vía, etc. todos estos incluidos en el Plan de Desarrollo.

En consecuencia se hace necesario sustituir la fuente de estos recursos, pues los ingresos proyectados no son suficientes para financiar el Plan Plurianual de inversiones del Plan de Desarrollo.

Las Inversiones de los 2.4 billones del cupo adicional 
La administración distrital solicita un cupo nuevo de 2,4 billones para las siguientes obras de infraestructura:

Estas necesidades adicionales están concentradas especialmente en la troncal de la carrera 7ª y la ampliación de la troncal Caracas hasta Usme de Transmile-nio, con el 60 % de los recursos. 
IDRD con el 16,7 % para parques y centros culturales
Secretaría de Educación 8,75 % para construcción de colegios. 
ERDU 6,3 % para la recuperación del antiguo sector de El Bronx
Secretaría de Seguridad 4,2 % para la sede de la Mebog 
Secretaría de integración 4,2 % para jardines infantiles y centros crecer.

Estas inversiones son importantes y necesarias. Sin embargo, preocupa la baja ejecución de los recursos del cupo, lo que refleja problemas de gerencia o tramites que es necesario superar, pues no resulta coherente pedir nuevos recursos cuando no se han ejecutado los recursos del cupo vigente.

 

Saldo de la deuda e indicadores de endeudamiento con el cupo solicitado:

El saldo de la deuda pública de la Administración Central se ubicó en $1.2 billones a 30 de junio de 2017
Bogotá mantiene su máxima calificación AAA.

Los indicadores de endeudamiento establecidos en la ley 358 de 1997, desde el año 2017 hasta el año 2037, incluido el nuevo endeudamiento por valor de 6.9 billones alcanzarían sus máximos en la vigencia 2021, para la sostenibilidad de la deuda (48,80%) y para la capacidad de pago (8,70%) respectivamente, ubicándose por debajo de los niveles máximos permitidos del 80,0% y 40,0%.

Competencia del Concejo

El Decreto Distrital 216 de 2017, por el cual se reglamentan el Decreto 714 de 1996, Estatuto Orgánico de Bogotá y se dictan otras disposiciones, establece en el artículo 22:

Cupo de endeudamiento del Distrito Capital y sus entidades descentralizadas. Para efectos de los previsto en los artículos 63 y 64 del Acuerdo 24 de 1995 se seguirán las siguientes reglas:

a. El Concejo Distrital autorizará, mediante acuerdo, tanto el cupo de endeudamiento de la Administración Central del Distrito Capital como el de las entidades descentralizadas. Para este efecto fijará un monto global para cada una de ellas que constituye la capacidad máxima de endeudamiento, y autorizará su utilización para una o más vigencias. (…)

g. Cuando los saldos del cupo de endeudamiento sean insuficientes para atender la inversión propuesta en el plan de desarrollo, financiada con recursos del crédito, se entenderá agotado dicho cupo y en consecuencia se podrá solicitar al Concejo Distrital uno nuevo.

Entidad Necesidades adicionales de cupo
SEC. DE EDUCACIÓN 210.000

IDRD 400.000

SEC. DE SEGURIDAD 100.000

TRANSMILENIO 1.440.000

SEC. DE INTEGRACIÓN SOCIA 100.000

EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA 150.000

TOTAL 2.400.000

Conclusiones:

1. La administración de Bogotá no tiene la capacidad de ejecución pero si pide una autorización para endeudar la ciudad por $2.4 billones para un total de cupo por $6.1 billones.

2. No se justifica la venta de la ETB y la posición obstinada de ejecutar la lesiva enajenación. El objetivo de éste nuevo endeudamiento es el mismo que se argumentó en el artículo 144 del Plan de Desarrollo al momento del debate de la privatización: construir 30 Colegios, Jardines y más Transmilenio.

3. La Comisión de Hacienda aprobó con 11 votos contra 2 el nuevo cupo de endeudamiento. Se espera en consecuencia que la plenaria repita la decisión. La falta de independencia del Concejo de Bogotá y la mermelada será parte de la historia.

La población de Bogotá, mientras tanto continúa su proceso de organización social enfrentando las afectaciones ambientales, sociales y patrimoniales; que se refleja en la revocatoria del mandato, el Paro del Sur y las continuas protestas barriales y de grupos poblacionales.