• dom. Dic 22nd, 2024

Cumplimiento del fallo del Consejo de Estado sobre Cerros Orientales

Jul 11, 2014

Plan de Acción que permite dar cumplimiento al fallo del Consejo de Estado sobre Cerros Orientales

La Administración Distrital dio a conocer el Plan de Acción, que mediante Resolución Nº 223 del 20 de junio de 2014, permitirá desarrollar las tareas asignadas a Bogotá en el Decreto 222 de 2014, el cual define las obligaciones para los próximos 24 meses, con el fin de dar cumplimiento al fallo del Consejo de Estado, que ordena la recuperación de los Cerros Orientales.

De acuerdo a la Subsecretaria Distrital de Planeación, Liliana Ospina, “este Plan de Acción es la segunda parte de las decisiones que ha tomado el Distrito en los últimos meses para cumplir el fallo. Es la formulación de un Plan, en principio 2014-2015, que nos va a ayudar a materializar cada una de las actividades que asignó el Consejo de Estado con cada uno de los responsables, y con un cronograma mes a mes”.

 

La articulación de acciones institucionales para el manejo de los cerros orientales de Bogotá que establece el Decreto, estará a cargo del Comité Interistitucional para la Coordinación de la Actuación Administrativa, cuya secretaría técnica fue asignada a la Secretaría Distrital de Planeación (SDP).

 

Acciones por parte del Distrito

 

1.       Formular el plan de manejo del área de canteras, vegetación natural, pastos, plantaciones de bosques y agricultura, de  la franja de adecuación. Para ello, se realizará el diagnóstico, la definición, formulación y la proyección de financiación para adecuar esas áreas no ocupadas

 

“La Reserva Forestal cuenta con 973 hectáreas sustraídas (áreas que ya no hacen parte de la reserva), y la mitad de éstas no están ocupadas. El Plan va a buscar generar las condiciones para que allí  tengamos unas áreas adecuadas para el aprovechamiento de los Bogotanos a nivel de uso público. Los ciudadanos tendrán más de 400 hectáreas habilitadas para el aprovechamiento y la recreación”, indicó Ospina.

 

Responsables:Secretaría Distrital de Hábitat, Secretaría Distrital de Planeación; Secretaría Distrital de Hacienda y Secretaría General.

 

2.    Respetar los derechos adquiridos de las licencias de construcción obtenidas legalmente en la franja de adecuación y en la “zona de recuperación ambiental”  obtenidas antes de la anotación de afectación por reserva.

 

Explicó la funcionaria que “se realizará un análisis de la legalidad en debida forma de las licencias urbanísticas que están en los cerros orientales. Así se reconocerá cuales proyectos pueden seguir adelante con la licencia y en qué casos no cumplen”.

 

Responsables:Secretaría General de Gobierno, Catastro, Secretaría de Hacienda, Secretaría Distrital de Planeación, Secretaría Distrital de Ambiente y Secretaría General.

 

3.    Elaborar, ejecutar y financiar solidariamente, dentro del marco de sus competencias, un Plan que permita preservar, conservar y recuperar los recursos hídricos y la biodiversidad existente en la reserva forestal protectora “Bosque Oriental de Bogotá.

 

Responsables:Secretaría Distrital de Ambiente y Secretaría Distrital de Hacienda.

 

4.    Elaborar un Plan de reubicación de asentamientos humanos, cuyo objeto será la reubicación de los asentamientos que amenacen ruina, se encuentren ubicados en la franja de adecuación y en la reserva forestal protectora y que comporten riesgo no mitigable.

“Se tiene que formular un plan para reubicar a todas las viviendas y personas que se encuentran en zonas de alto riesgo no mitigable o inmuebles que amenacen ruina, es decir que estén en muy mal estado a nivel estructural. A final de este año o comienzo de 2015 se empezará a realizará la reubicación”, dijo la Subsecretaria.

 

Responsables:IDIGER, Secretaría Distrital de Habitat, Caja de la Vivienda Popular

 

5.       Evaluar la pertinencia de presentar ante el Concejo Distrital un proyecto de reforma al Plan de Ordenamiento Territorial.

“Se está evaluando la pertinencia de presentar o no una propuesta de modificación del POT ante el Concejo de la ciudad, decisión que se tomará por parte de la Administración Distrital”, aseguro la funcionaria.

Responsables:Secretaría Distrital de Planeación

 

6.       Normalizar las urbanizaciones que definitivamente queden excluidas del área de reserva. Para tal fin la SDP precisará el límite del perímetro urbano, en los límites con la Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá. 

 

Agregó Ospina que  “tenemos 26 barrios en trámite de legalización. Tenemos un plan para que de aquí a 18 meses podamos tener la mayor parte de éstos legalizados. Planeación ya tiene un trabajo previo, existe un comité de legalización que trabaja a nivel distrital sobre el tema. Las áreas legalizadas se incorporan al perímetro urbano, y por tanto los propietarios podrán tener el reconocimiento de sus vivienda, y los barrios tendrá todos los servicios, mayor inversión directa y mejoramiento de sus barrios y vías”.

 

Responsables:Secretaría Distrital de Hábitat, la Secretaría Distrital de Planeación, Empresa de Acueducto de Bogotá, IDIGER, Secretaría Distrital de Ambiente, Codensa, ETB y Gas Natural.

 

7.       Acompañamiento a la orden dada por el Fallo a los propietarios, poseedores y tenedores de predios ubicados en la Reserva Forestal Protectora “Bosque Oriental de Bogotá” y en la franja de adecuación.

 

Responsables:Secretaría Distrital de Ambiente, Secretaría Distrital de Educación

 

8.       Coordinación para la adopción y ejecución de medidas preventivas, de control y policivas para evitar actuaciones urbanísticas ilegales o informales en la Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental  y Franja de Adecuación.

 

Responsables:Secretaría Distrital de Gobierno y Secretaría Distrital de Hábitat

 

9.       Realizar las gestiones necesarias para diseñar, formular, divulgar,  implementar y hacer seguimiento a Pactos de Borde, con el fin de prevenir la urbanización ilegal en áreas no permitidas, que conlleven a la promoción de la participación ciudadana y el ejercicio del control social.

 

Responsables:Secretaría Distrital de Ambiente, Secretaría Distrital de Gobierno y Secretaría General.

 

Todas las actividades para el presente Plan de Acción deben estar formuladas y ejecutadas a diciembre del año 2015.