Por incumplimiento de una decisión comunitaria, el Estado colombiano deberá responder.
El tribunal otorgó un plazo de 40 días para que el Estado presente sus descargos.
A la fecha, el Consejo de Estado sigue sin pronunciarse sobre la decisión que le da la razón a ETB en su controversia con la multinacional Comcel.
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina decidió abrir pliego de cargos contra el Estado colombiano por el incumplimiento de su fallo que ordenó anular los laudos arbitrales que afectaron a ETB, en su controversia jurídica con la multinacional Comcel.
La decisión hace parte del proceso que ya había abierto el tribunal por la falta de resolución y demora injustificada por parte de la justicia colombiana, en este caso, el Consejo de Estado, en acoger la decisión del Tribunal Andino.
El auto, de número 03-AL-2010, expedido en Quito, decide en su parte resolutiva; primero que, “se formula a la República de Colombia el cargo de incumplimiento de la sentencia emitida por este Tribunal el 26 de agosto de 2011”.
Segundo, afirma que, “de conformidad con el artículo 115 del estatuto de justicia, se otorga a la República de Colombia un plazo de 40 días, contados a partir de la notificación del presente auto, para que, si lo tiene a bien, presente las explicaciones y descargos que considere pertinentes, así como para que aporte las pruebas que pretenda hacer valer”.
Tercero, informa que “se comunica el presente auto a los demás países miembros, a la Comisión y a la Secretaría General de la Comunidad Andina, advirtiéndoles que disponen de un plazo igual al señalado en el decide segundo para que puedan hacer llegar al Tribunal sus opiniones y comentarios relacionados con la conducta que se investiga”.
La decisión también se notificará al Ministerio de Comercio colombiano.
Los hechos
Los tres laudos arbitrales que condenaban a la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá, ETB-E.S.P, ascienden a más de $200 mil millones.
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en sentencia de agosto de 2011, le ordenó al Consejo de Estado dejar sin efectos las sentencias que resolvieron los recursos de anulación y declarar la nulidad de los laudos
arbitrales, por violar el debido proceso.
La decisión del Tribunal Andino es de obligatorio cumplimiento y se dio un plazo de 90 días para su acatamiento. No obstante que ese plazo venció el 23 de diciembre de 2011, el Consejo de Estado, a la fecha, aún no se pronuncia.
El desacato de la sentencia además de poner a la República de Colombia en estado de incumplimiento del derecho comunitario, supone una clara violación a los derechos patrimoniales de ETB, porque si el Consejo de Estado, se rehúsa a dejar las cosas en el estado anterior a la violación, ETB puede ejecutar a la Nación por los perjuicios sufridos con ocasión del incumplimiento de la sentencia de 26 de agosto de 2011 del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.
En conclusión, los cerca de los $200 mil millones que Comcel debe reembolsar a ETB, si no se anulan los laudos, tendrían que provenir de los impuestos de los bogotanos y de los colombianos.
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Tatiana Cabello
Directora de Medios y Prensa ETB
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