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ENTREGAMOS 2.044.267 FIRMAS DEL REFERENDO DEL AGUA

ENTREGAMOS 2.044.267 FIRMAS DEL REFERENDO DEL AGUA

 

COMUNICADO DE PRENSA No. 103 de 2008

 

En un mes la Registraduría Nacional entregará el resultado de la revisión de firmas.

LA REGISTRADURÍA RECIBIÓ 2.044.267 FIRMAS DE RESPALDO AL REFERENDO SOBRE EL AGUA

— – El análisis de las firmas se desarrollará en tres etapas: revisión de las firmas “una a una”, análisis grafológico y cotejo de las cédulas en el Censo Electoral y el Archivo Nacional de Identificación con base en una técnica de muestreo.

— – Para que este referendo siga su curso en el Congreso de la República se requiere que las firmas válidas asciendan a por lo menos el 5% del censo electoral, es decir alrededor de 1.404.000 apoyos.

 

Bogotá, septiembre 15 de 2008. – El Comité de Promotores del Referendo que pretende reformar la Constitución para consagrar el acceso al agua potable como un derecho humano fundamental, entregó hoy a la Registraduría Nacional del Estado Civil un total de 294 carpetas que dicen contener 2.044.267 firmas de respaldo a esta iniciativa.

El acto de entrega se realizó a las 2:00 pm en la plazoleta central de la Registraduría y estuvo presidido por el vocero del comité de promotores de este referendo Rafael Colmenares Faccini.

El comité de promotores también lo conforman Lilia Tatiana Roa, Martha Esperanza Cañón Parra, Javier Roberto Márquez Valderrama, Rodrigo Hernán Acosta Barrios, Humberto Polo Cabrera, Héctor Fabio Gañán Bueno, Cristo Humberto Miranda Carvajalino y Oscar Eduardo Gutiérrez Reyes.

El referendo propuesto pretende “consagrar el derecho humano fundamental al agua potable, un mínimo vital gratuito, la gestión pública indelegable y directa del agua y protección especial para los ecosistemas esenciales para el ciclo hídrico”, lo cual incluye la protección de las fuentes de agua, lagos, ríos, playas y humedales, entre otros. Para ello pretende la inclusión de dos artículos nuevos en la Constitución Política, así como la introducción de parágrafos adicionales para los artículos 63, 80 y 365.

De acuerdo con el artículo 97 de la Ley 134, el comité de promotores tiene un plazo de 15 días para presentar a la Registraduría Nacional del Estado Civil el balance en donde se detallen la contribuciones realizadas por parte de particulares a la solicitud promovida, y los fines a que hayan sido destinados los respectivos dineros.

Las resoluciones 5641 de 1996 y 1056 de 2004 establecen el procedimiento que aplica la Registraduría Nacional del Estado Civil para la revisión de las firmas entregadas por los Comités de Promotores, proceso que incluye las siguientes etapas:

Etapa 1: Se revisan todos los respaldos o apoyos, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
  Numerar (foliar) cada una de las hojas que contienen las firmas.
  Determinar el número de firmas recibidas
  Anular las hojas cuyo encabezamiento o título no tenga relación alguna con el mecanismo de participación que se está adelantando.
  lar las hojas cuyo encabezamiento o título se encuentra escrito encima de tintas correctoras o han sido tachados o enmendados con el fin de modificarlos o alterarlos.
  Anular las hojas cuyos datos y firmas se encuentran reproducidos fotostáticamente (fotocopias).
  Anular los renglones que presenten las siguientes irregularidades: o Datos incompletos, ilegibles o no identificables o Datos y firmas no manuscritos o Firmas o datos consignados por una misma persona o No inscrito en el censo electoral respectivo o No existe correspondencia entre el nombre y el número de la cédula de ciudadanía.

Etapa 2: Verificación grafológica: Para cotejar con expertos grafólogos la posibilidad de suplantaciones, falsificaciones de firmas o firmas y datos consignados por una misma persona (uniprocedencia grafológica), se solicita apoyo de grafólogos del DAS, la SIJIN, la Fiscalía, el CTI, etc, con el fin de que emitan el correspondiente concepto e indiquen las cantidades de respaldos o apoyos a anular.

Etapa 3: Verificación de los datos sobre inscritos y votantes: Para determinar si los ciudadanos que respaldan o apoyan los distintos mecanismos de participación se encuentran inscritos en el respectivo censo electoral, con base en una técnica de muestreo se seleccionan algunos apoyos para constatar la correspondencia entre los números de cédula de ciudadanía y los nombres, y verificar que quienes suscribieron el respaldo se encuentran incorporados en el Censo Electoral. Esta verificación se realiza consultando los números de cédula en el Archivo Nacional de Identificación y el Registro Nacional de Votantes.

Si al final del proceso de revisión se obtiene que las firmas válidas superan el 5% del censo electoral (aproximadamente 1.404.000 firmas) el Comité Promotor podrá presentar ante el Congreso de la República un Proyecto de Ley para convocar un referendo en el que se apruebe la reforma constitucional propuesta.

CARTA OFICIAL A LA REGISTRADURIA

Doctor CARLOS ARIEL SÁNCHEZ TORRES Registrador Nacional del Estado Civil E. S. D. REFERENCIA: Entrega de firmas referendo Nº 001 Respetado Señor Registrador:

Atentamente, y en mi calidad de Vocero del Comité de Promotores del Referendo Constitucional para consagrar el derecho humano fundamental al agua potable, un mínimo vital gratuito, la gestión pública indelegable y directa del agua, y la protección especial para los ecosistemas esenciales para el ciclo hídrico, hago entrega a Usted de 294 CARPETAS A-Z, con la cantidad de DOS MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTAS SESENTA Y SIETE (2.044.267) firmas. La entrega se hace dentro del término previsto en el artículo 22 de la Ley 134 de 1994, el cual por vencerse en día inhábil se prorroga hasta la fecha de hoy. Cada A-Z se acompaña de una guía en la cual se indica el número de apoyos que se está entregando, los apoyos no entregados, es decir, aquellos que por deficiencias nosotros mismos hemos descalificado, y los renglones en blanco en las planillas.

Se dispuso, dentro del total que estamos entregando, de NUEVE (9) A-Z especiales para incluir en ellos firmas de la población étnica y rural, la cual tiene acceso precario a la escritura en idioma castellano. Se incluyen igualmente algunas firmas de colombianos y colombianas residentes en el exterior.

Se advierte que en varias ciudades del país no existe nomenclatura urbana o no ha sido asimilada culturalmente por la población, la cual indica solo el nombre del barrio donde habita. De suyo en las zonas rurales los firmantes indicaron el nombre de la vereda donde residen. Expresando nuestra confianza y agradecimiento a Usted y demás funcionarios de la Registraduría, de quienes hemos recibido un trato cordial y acorde con lo dispuesto en la Ley, me suscribo.

Cordialmente,

RAFAEL COLMENARES FACCINI Vocero del Comité de Promotores.

Palabras del vocero en el acto de la registraduría

 

Señor Registrador Nacional del Estado Civil, Doctor CARLOS ARIEL SÁNCHEZ TORRES

Una amplia y diversa representación de la sociedad colombiana se hace presente hoy para hacer entrega de DOS MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTAS SESENTA Y SIETE (2.044.267) firmas, cumpliendo así una de las condiciones exigidas por la Ley para que sea convocado el referendo mediante el cual el pueblo colombiano deberá decidir la consagración en la Constitución del “derecho humano fundamental al agua potable, un mínimo vital gratuito, la gestión pública indelegable y directa del agua y la protección especial para los ecosistemas esenciales para el ciclo hídrico”, tal como se podía leer en el encabezado de las planillas que la Registraduría diseñó para la recolección de los apoyos.

Se trata de firmas obtenidas mediante el esfuerzo voluntario de miles de ciudadanos y ciudadanas, de más 2.000 organizaciones de ambientalistas, usuarios de servicios públicos, y vocales de control, mujeres, sindicalistas, indígenas, afrodescendientes y gestores de acueductos comunitarios. En ellas se recorre toda la geografía nacional, desde las grandes ciudades hasta lugares apartados, pasando por poblaciones intermedias donde en muchos sitios no hay nomenclatura que permita a los ciudadanos escribir su dirección. Si bien la gran mayoría de las firmas provienen de sectores populares, los que más sienten los rigores de las altas tarifas de los servicios públicos, hoy en gran medida privatizados, la propuesta ha obtenido el apoyo de colombianos y colombianas de todos los sectores sociales. Revelan también que numerosos compatriotas no han tenido acceso a la educación o en el mejor de los casos solo a niveles muy precarios de la misma. No obstante son también la expresión del profundo anhelo de participación que anima a la población colombiana que esta diciendo, cada vez con más fuerza, que no esta dispuesta a seguir delegando las decisiones fundamentales que afectan su vida y que quiere participar de manera directa en ellas.

Seis meses trasegando por los ríos, calles, barrios y veredas, territorios y regiones de Colombia para explicar el sentido de esta propuesta nos han puesto de frente a la tremenda exclusión social que viven numerosos colombianos y colombianas que no pueden beber agua potable, salvo que asuman el mayor costo de la que se vende embotellada, al tiempo que no cuentan con elementales condiciones de higiene. Ello ocurre casi siempre a la orilla de los ríos, algunos de los cuales se cuentan entre los más caudalosos del mundo, lamentablemente contaminados o en proceso de serlo gravemente. Por ello no fue difícil que la gente comprendiera la estrecha relación que existe entre el derecho a acceder al agua potable y la salud del medio ambiente, es decir, de los páramos, lagunas, quebradas, ríos y seres vivos que conviven en ellos, todos esenciales para que el agua fluya alimentando la vida. En estas condiciones que el agua es un bien común, que debe ser público y comunitario, es una conclusión obvia a la que se oponen únicamente quienes han encontrado en el tráfico con este y otros bienes esenciales para vida, y por lo tanto bienes comunes, una fuente de enriquecimiento.

Señor Registrador, a nombre del Comité Nacional en Defensa del Agua y de la Vida, promotor del referendo, le expreso nuestra confianza en la seriedad e imparcialidad suya y de la entidad a su digno cargo, de la cual hemos recibido un trato acorde con lo dispuesto en la Ley. Esperamos que una vez hecho el recuento de las firmas que hoy entregamos podamos contar con el aval necesario para que el Congreso de la República decida la convocatoria de este referendo que es la expresión de un gran anhelo nacional.

Bogotá, D. C., 15 de septiembre de 2008.

 

COMITÉ DE PROMOTORES DEL REFERENDO POR EL DERECHO HUMANO AL AGUA

 

Rafael Colmenares ECOFONDO, Vocero; Tatiana Roa Avendaño CENSAT AMIGOS DE LA TIERRA; Humberto Polo SIMTRAEMSDES; Martha Cañón AVOCAR; Oscar Gutiérrez UNION NACIONAL DE USUARIOS DE LOS SERVICIOS PUBLICOS; Héctor Gañán ONIC; Javier Márquez PENCA DE SABILA; Cristo Miranda ACUEDUCTOS COMUNITARIOS; Rodrigo Acosta Central Unitaria de Trabajadores de Colombia ; miembros del Comité